Ciudad de México.- Este jueves 5 de noviembre quedó aprobada la Ley Olimpia por parte de el Senado de la República, el cual declaró que se castigará con 6 años de cárcel a quienes cometan delitos que violen la intimidad sexual de las personas a través de medios digitales.
Fueron con 87 votos a favor de la Cámara alta los que aprobaron con ciertas modificaciones del que fue propuesto por la Cámara de Diputados, para ampliar esta nueva ley que había sido aprobada en la mayoría del país pero cada uno de los estados involucrados incluía diferentes castigos.
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El Senado aprobó un texto que se considera como "violencia digital" a toda acción que difunda contenido intimo sexual de una persona sin su consentimiento, aprobación u autorización.
Toda acción dolosa realizada mediante el uso de las tecnologías de la información y la comunicación, por la que se exponga, distribuya, difunda, exhiba, transmite, comercialice, oferte, intercambie o comparta imágenes, audios o videos de contenido íntimo sexual de una persona sin su consentimiento, sin su aprobación o sin su autorización“.
Así mismo, uno de los cambios que los senadores decidieron hacer a la ley fue incluir la violencia digital como algo que abarca todo tipo de agresión en contra mujeres, niñas y adolescentes. Además de tipificar esos delitos en el Código Penal Federal, con condenas de 3 a 6 años de cárcel.
La Ley Olimpia se originó tras difundirse un video intimo de una mujer llamada Olimpia del estado de Puebla, tras este suceso, decidió crear una iniciativa para para reformar el Código Penal de dicha entidad y castigar las conductas de difusión de contenido sexual no autorizado. Tras la autorización en Puebla, se ha replicado en más estados de la República Mexicana.
Fuentes: Forbes y Twitter @senadomexicano @OlimpiaCMujer