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¿Quieres jubilarte a los 60 años con la Ley 73? IMSS lanza comunicado urgente

El IMSS lanzó un aviso urgente para quienes buscan jubilarse a los 60 años bajo la Ley 73; conoce los requisitos, cambios y pasos clave para asegurar tu pensión

¿Quieres jubilarte a los 60 años con la Ley 73? IMSS lanza comunicado urgente
IMSS publica aviso clave para pensionarse con Ley 73 a los 60 años Foto: Internet

Ciudad de México.- El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) emitió un aviso urgente dirigido a los trabajadores que desean jubilarse a los 60 años bajo la ley 73. La institución destacó que es indispensable cumplir con ciertos requisitos y procesos administrativos para poder acceder a una pensión sin contratiempos. Este comunicado ha generado interés, ya que miles de mexicanos que cotizan bajo este régimen buscan asegurar su retiro en 2025 y los próximos años. 

El sistema de pensiones del IMSS contempla dos modalidades: la pensión por cesantía en edad avanzada, que puede solicitarse desde los 60 años, y la Pensión de Vejez, que inicia a partir de los 65. Sin embargo, jubilarse antes de los 65 implica recibir solo un porcentaje del salario promedio y no el monto completo, lo que representa una diferencia económica importante en la vida de los futuros pensionados.

MéxicoIMSS manda URGENTE AVISO a las personas que quieren jubilarse antes de los 65 años
IMSS manda aviso urgente
Créditos: Internet 

La Ley del Seguro Social de 1973 es el régimen que aún aplica para quienes comenzaron a cotizar antes del 1 de julio de 1997. Bajo este esquema, los trabajadores pueden acceder a la pensión por cesantía en edad avanzada a partir de los 60 años, siempre que cumplan con lo siguiente:

  • Tener al menos 500 semanas de cotización.
  • Haber dejado de cotizar en el IMSS al momento de solicitar la pensión. 
  • Tramitar la pensión en la subdelegación que corresponda. 

Documentos solicitados: 

  • Identificación oficial con fotografía. 
  • Comprobante de domicilio (no mayor a 3 meses).
  • Documento bancario con cuenta y CLABE a nombre del beneficiario.
  • Copia certificada del acta de nacimiento.
  • En caso de tener dependientes económicos (cónyuge o hijos), se debe presentar la documentación que acredite el parentesco.

Con estos papeles listos, el trámite se puede iniciar en el área de Control de Prestaciones de la Unidad de Medicina Familiar que corresponda al trabajador o a través de la plataforma 'Mi Pensión Digital', que permite comenzar el proceso en línea. Sin embargo, aun si se inicia de manera digital, será necesario acudir presencialmente a presentar la documentación original y concluir el registro. 

Fuente: Tribuna del Yaqui 

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