MÉXICO

¡Toma nota! Estos son los trámites oficiales para heredar una pensión del IMSS

Aunque no lo creas, es posible heredar una pensión del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), conoce qué trámites oficiales debes hacer para obtenerla

Estos son los trámites oficiales para heredar una pensión del IMSSCréditos: Unsplash.com
Escrito en MÉXICO el

Ciudad de México.- Si un familiar tuyo falleció y era pensionado del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) debes saber que puedes heredar este derecho laboral; conoce cuáles son los trámites que debes realizar. ¡Toma nota!

Cabe destacar que este trámite está disponible para los hijos, esposos y hasta para las concubinas de los finados; solo deben seguir un procedimiento y presentar la siguiente documentación.

Leer también: Sencillo y rápido: De esta manera puedes cambiar tu Afore desde la comodidad de tu casa

Si eres la esposa o la concubina del pensionado del IMSS que falleció, puedes acceder a la pensión de viudez. Podrá solicitarse siempre y cuando el hombre o la mujer haya vivido con su pareja cinco años antes de que muriera o si tuvieron hijos.

Otros factor que influyen en la solicitud de este derecho es que el pensionado tuvo que tener vigentes sus derechos; por su parte, la concubina tiene que demostrar que la relación era oficial

Por otro lado, al momento del fallecimiento del pensionado requiere que haya estado vigente en sus derechos. Además la viuda - esposa, debe acreditar el vínculo matrimonial, mientras que la viuda - concubina: debe acreditar la relación de concubinato.

Para poder acceder a la pensión, el afiliado debe tener, por lo menos 150 semanas cotizadas en el organismo.

También puedes leer: Issste: Conoce los tipos de pensiones que hay y cómo puedes solicitarlas

La documentación obligatoria que tendrás que presentar para solicitar el trámite es la siguiente:

  • Documento oficial con el número de Seguridad Social del pensionado; debe ser del IMSS, Infonavit o Afore.
  • El acta de defunción oficial.

Para más información puedes consultar la página oficial del IMSS.

Fuente: IMSS